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CASA DE LA FAMILIA ARAGON

Estaba situada esta casa en la calle Santa Marta Baja, 14, llamada también calle Fernando Ramírez de Luque.

                         Era un edificio verdaderamente singular, por su destacada fachada, por la composición de sus elementos arquitectónicos tradicionales, los materiales empleados, su ejecución, etc. La entrada estaba compuesta por rejas de artesanía enmarcadas en columnas de piedra y arco de medio punto del mismo material.

                         En el Plan de Ordenación Urbana tenía la calificación C1, lo que significaba que no se puede derribar. Empiezan por pedir una Licencia de Derribo Parcial. Cuando comienza el derribo de la fachada presentamos un escrito al Ayuntamiento pidiendo se nos informara si la fachada estaba protegida o no. Ya había desaparecido la reja, las columnas y el arco de piedra. Como es norma habitual el Ayuntamiento no informa a los ciudadanos. No les contesta.

                         Se llegó a derribar la segunda planta que en el proyecto le llaman “sobrado” y aquí le decimos “torre", y se paraliza la obra durante un año. No se protege el muro y se deja que los agentes atmosféricos actúen. Se presenta un nuevo escrito diciendo que las condiciones a las que se estaba sometiendo el muro no eran las mas adecuadas para su conservación.

                         El día 12 de Agosto del 2002 se dicta una resolución ordenando al propietario el apuntalamiento del inmueble en el plazo de quince días desde la notificación. A esta Asociación se lo notifican el día 24/09/02, y todavía no habían apuntalado nada.

                         En el mes de Octubre nos piden que tengamos una reunión en la obra con el propietario, el Gerente de Urbanismo y unos técnicos. En esta reunión se acuerda picar parte de la fachada para comprobar su composición y a la vista de los resultados, modificar el proyecto y recoger la incorporación de toda la información que se obtuviese. Se nos manifiesta igualmente por los “técnicos”, no se puede realizar el sótano, ya que el edificio se derrumbaría. Se llegó a un compromiso formal para reponer la fachada tal cual estaba, con las incorporaciones que saliese del picado de la misma.

                         El 1 de Diciembre  comprobamos como se ha comenzado el derribo de la fachada sin que se tengan noticias de haber tomado la planimetría necesaria para la reposición.

                        Es destacable que el Alcalde firma la orden de ruina inminente y por tanto el derribo el día 3 de Diciembre. 

                         Una vez acabada la obra se puede comprobar que la fachada le da “cierto aire” a la que había. Todo lo demás ha sido nuevo. Una vez más se incumple un acuerdo.

                         De forma paralela, se obliga a otro promotor a conservar una fachada que se hizo prácticamente nueva en el año 1958 y ésta, del siglo XVIII se derriba. ¡Notable diferencia!

1. Licencia derribo

2. Denuncia

3. Requerimiento a Gerencia

4. Orden de Ejecucion

5. Informe sobre fachada

5.5 Fotos

6. Comunicado a Delegacion

7. Inicio Derribo

8. Contesta Delegacion

8.1 Contesta Delegacion

PLANO

RESUMEN